Buenos días a todos, alguien tiene información que requisitos se precisaran para los programas de facturación anti-fraude, que teóricamente entra en vigor el 10 de octubre de este año?.
Que según he leído a los programadores nos pueden sancionar con hasta 150.000€ si el programa no cumple con los requisitos correspondientes.
Si no me equivoco esa ley entró en vigor en octubre pero del año pasado. El tema está en que, como casi todo lo que hacen, no se ha desarrollado de manera que se sepa con claridad qué normas tienen que cumplir los programas y aplazaron su entrada en vigor. El tema es que lo último que han publicado es que entrará en vigor a mediados de 2024 y van soltando con cuentagotas lo que van a requerir.
Pero sancionarán a las empresas y autónomos que fabriquen y comercialicen software de programación sin cumplir con la normativa, supongo.
No a personas que trabajen programando como empleados, por cuenta ajena.
¿No?
Hombre… yo entiendo que las sanciones son a las empresas, no a los empleados de las mismas. Pero si hay que tener en cuenta que las sanciones no son pequeñas, darán estacazos importantes y los autónomos (como yo por ejemplo) estamos considerados como empresas así que habrá que esmerarse en cumplir la normativa.